Editar esta página Enlaces a esta página Esta página es de solo lectura. Puedes ver la fuente pero no puedes cambiarla. Pregunta a tu administrador si crees que esto es incorrecto. ====== Movilización de recursos económicos ====== :!: //(Los números de artículos hacen referencia al borrador con fecha de 10/11/2018.)// (''Art. 27.1'') "...impacto positivo en la lucha contra el cambio climático //y en la transición energética//..." No obstante, en cuanto a la cuantificación incluida en el borrador actual de la ley, observamos un problema de concepto. Si sólo el 20% tiene impacto "positivo", podría interpretarse que el 80% tendría impacto "negativo" o "nulo" sobre dichos objetivos. Como la mayoría de los presupuestos implican gasto económico y por tanto prestación de servicios o adquisición de bienes, todos los cuales implican un gasto energético y, por tanto, unas emisiones mayores o menores de gases de efecto invernadero, **nos tememos que el resultado neto de los presupuestos sea "negativo"**. Eso convertiría a ese 20% indicado en un mero parche de políticas netamente contraproducentes para el clima y para la adaptación al declive energético. Por tanto, se debería optar por que el balance neto global sea positivo en el sentido de mostrar la reducción neta de emisiones y energía en los ritmos necesarios previstos frente a Presupuestos anteriores no pudiéndose presentar Presupuestos que no tengan un balance neto positivo en los tiempos y formas requeridos por esta ley. (''Art. 27.3'') "...condicionantes climáticos //y energéticos//..." En cuanto a la mención "en particular en infraestructuras y movilidad" creemos que no tiene mucho sentido, habida cuenta de que otros sectores como agricultura, industria o construcción tienen tanto o más peso en la cuestión energético-climática. (''Disp. Final V'') Debe incorporarse la cuestión de la TE "...para determinar su impacto sobre el cambio climático y sobre la transición energética." (''Disp. Final V.2.a'') "Evaluar el porcentaje de su presupuesto que contribuye con impacto positivo a la lucha contra el cambio climático //y a la transición energética//". (''Disp. Final V.2.c'') "...que cuantifique el porcentaje de gasto con impacto positivo en la lucha contra el cambio climático //y para favorecer la transición energética//". Sugerimos que se considere incorporar lo siguiente al art. 27: Implantación del **sistema de gestión ISO 50001** en todas las actividades de la administración, buscando una reducción del balance de carbono neto a cero a largo plazo y una reducción del consumo energético. Esta reducción del gasto energético produciría flujos de caja utilizables que permitirían implementar otras actividades a favor de la resiliencia y de la TE. Para **financiar la TE a nivel microeconómico** se facilitarán créditos a interés 0 o subvenciones para la adaptación de los particulares y las empresas substituyendo tecnologías o sistemas dependientes de los combustibles fósiles por otros renovables que ahorren emisiones y energía. Las ayudas serían proporcionales a las emisiones y energía netas ahorradas. Los recursos financieros obtenidos mediante las medidas descritas en el apartado de [[Sistema financiero, desmercantilización y Bien Común]] contribuirán a aumentar la financiación disponible para el conjunto de medidas impulsado por esta ley. También se podría estudiar la emisión de bonos del Tesoro vinculados con este tipo de acciones, como [[https://www.boxer.senate.gov/?p=release&id=3289|se llegó a proponer en 2016 en los EE.UU.]] {{tag>economía gestión créditos financiación ahorro_energético presupuestos_del_estado GEI infraestructuras movilidad}} movilizacion_de_recursos_economicos.txt Última modificación: 2018/12/09 17:40por ir