Plazos para la Transición Energética
(Los números de artículos hacen referencia al borrador con fecha de 10/11/2018.)
Al respecto de los plazos marcados para los diversos objetivos cuantificados por la ley (art. 3
y otros), aconsejamos revisarlos a la luz de las conclusiones del proyecto MEDEAS y otros estudios (GEEDS 2018 a, b, c; Capellán et al. 2018; Sers & Victor 2018), acerca de las repercusiones que podría tener el ritmo de introducción de energías renovables, y la TRE (Tasa de Retorno Energético) de las mismas, en el metabolismo energético y económico.
Además, el objetivo de reducción de emisiones —un mínimo imprescindible— supone una reducción de algo más del 7% anual sostenida durante más de tres décadas. La intensidad de emisiones (el cociente entre el PIB y las emisiones equivalentes de CO2), debería descender aún más rápidamente si se pretende aumentar el PIB, por lo que es más razonable lograr ese descenso mediante una contracción de la economía.
No sólo el CC se está acelerando de manera alarmante, sino que el declive de las energías fósiles ya mencionado podría afectar a la capacidad del país para materializar los objetivos marcados para esta Transición Energética. Esto nos lleva a recomendar acelerar al máximo posible las principales medidas de esta ley que dependan de disponer de insumos de origen fósil.