Prohibición de matriculación, venta y circulación de vehículos con motor de explosión
(Los números de artículos hacen referencia al borrador con fecha de 10/11/2018.)
Se deben incorporar explícita y cuantitativamente todos los medios de transporte de combustión en esta ley. Reducir vehículos ligeros a combustión pone la carga en la ciudadanía y las empresas que los venden cuando, en realidad, las emisiones de estos vehículos son inferiores al resto de emisiones del transporte (camiones, tractores, barcos y aviones principalmente). Las medidas propuestas para estos sectores son claramente insuficientes para eliminar las emisiones de CO2 a los niveles propuestos por esta ley. Remitirse, como se hace, a la eficiencia en los camiones y otros vehículos profesionales no es suficiente por la simple cuestión de que los motores de combustión no están lejos de los límites termodinámicos de rendimiento y, por tanto, de eficiencia. Por tanto, se deberá limitar también su venta y uso. En el caso de la aviación, una medida sencilla sería eliminar las desgravaciones impositivas de las que hoy día goza. No hay disponibilidad de suelo en España —sin reducir ostensiblemente el espacio agrícola para la alimentación humana u otros espacios ecológicos— para un uso de biocarburantes que, además, no son neutrales en carbono y tienen una muy baja TRE.
En paralelo a estas medidas, se promoverán otras de tipo económico y habitacional que faciliten una reducción neta en las necesidades de movilidad, por ejemplo facilitando unos servicios compactos en las ciudades y el acercamiento de los puestos de trabajo a las residencias de las personas trabajadoras, así como los cambios de domicilio con objeto de reducir la necesidad de desplazamientos (vid. Transicion-Ecologica.info). Se promoverá la reestructuración de las ciudades para volver a un modelo compacto de usos mixtos, diversos y densos y a la vida en proximidad.
En paralelo a la desincentivación del uso del coche privado, se incentivará el colectivo y público. Se promoverá la urgente transformación del transporte público hacia modalidades no dependientes del petróleo. Se fomentará la recuperación de los autobuses de empresa para el desplazamiento de las personas empleadas. Se promoverá la compartición de vehículos privados y de bicicletas.
En cuanto a la justificación para la reducción global del parque móvil de turismos, nos remitimos en este mismo documento al epígrafe dedicado a la Transición justa.
El punto 15.3.e
:
Medidas para fomentar del uso de medios de transporte eléctricos privados, incluyendo puntos de recarga.
nos parece que debe ser retirado o, cuanto menos, limitado, por la justificación indicada y porque el resto de medidas deberían reducir drásticamente las necesidades de movilidad privada motorizada. En todo caso, y en consonancia con el art. 16.1
y 16.2
, dichos puntos deberían ser de “origen renovable certificado”, ya que mientras no se alcance un mix 100% renovable en la producción eléctrica en el país, cualquier recarga de un vehículo eléctrico producirá, no sólo emisiones de CO2, sino que también generará residuos radiactivos, todo lo cual va contra el espíritu de la LCCTE.